Actualidad fiscal · Autónomos, pymes e IVA
El umbral de 85.000 euros aparece en las nuevas reglas europeas de IVA para pequeñas empresas, pero no significa que cualquier autónomo español que facture menos de esa cantidad pueda dejar de repercutir IVA. Conviene separar el límite máximo europeo, la decisión de cada Estado y el régimen transfronterizo.
Publicado el 14 de septiembre de 2026 · Autoría: Carlos Escrig · Contenido informativo
De dónde sale la cifra de 85.000 euros
Desde el 1 de enero de 2025, el régimen europeo para pequeñas empresas permite que los Estados miembros establezcan una franquicia de IVA. El límite nacional no puede superar 85.000 euros anuales, aunque cada país puede fijar una cifra inferior, aplicar umbrales sectoriales o no ofrecer una franquicia doméstica general.
Por tanto, 85.000 euros no es una regla que se active automáticamente en toda la Unión. Es un techo regulatorio. Para saber si una operación puede quedar exenta hay que comprobar el Estado en el que se localiza, si ese Estado ha implantado el régimen, el umbral nacional, la actividad y las exclusiones aplicables.
85.000 euros
Máximo que puede alcanzar un umbral nacional de franquicia. No es una exención europea automática.
100.000 euros
Umbral de volumen de negocios anual en el conjunto de la UE para poder optar al régimen transfronterizo, junto con los límites nacionales.
Qué sucede con un autónomo establecido en España
La regla general publicada por la Agencia Tributaria continúa siendo que el empresario o profesional repercute el IVA correspondiente, salvo que la operación esté exenta o resulte aplicable un régimen especial. Facturar menos de 85.000 euros, por sí solo, no convierte las ventas o servicios nacionales en operaciones exentas.
La Comisión Europea indicó en marzo de 2026 que España no pretendía aplicar la exención doméstica opcional para pequeñas empresas y que había sido remitida al Tribunal de Justicia por no transponer determinadas medidas obligatorias de las directivas de IVA. Esta referencia debe leerse con su fecha y alcance: no crea por sí misma una franquicia para el autónomo ni autoriza a dejar de presentar el modelo 303.
Un profesional debe seguir analizando su actividad concreta. Existen operaciones exentas por su naturaleza, reglas de localización, inversión del sujeto pasivo y regímenes especiales, pero son supuestos jurídicos distintos del titular simplificado “menos de 85.000 euros, sin IVA”.
El régimen transfronterizo para pequeñas empresas
La vertiente transfronteriza permite que una pequeña empresa establecida en un Estado miembro solicite aplicar una franquicia en otro Estado que la ofrezca. Para ello, su volumen anual de negocios en toda la UE no debe superar 100.000 euros ni en el año corriente ni en el anterior, y tampoco puede rebasar el umbral nacional del país donde pretende aplicar la exención.
El régimen es opcional y exige una identificación específica, conocida como número EX, además de información periódica sobre el volumen de operaciones. Una empresa no puede asumir que cumple solo porque sus ventas en un país estén por debajo de 85.000 euros. Debe sumar su facturación europea, comprobar el límite de destino, revisar operaciones excluidas y obtener la confirmación administrativa correspondiente.
Qué se pierde al aplicar una franquicia
La exención puede reducir obligaciones de repercusión y declaración, pero normalmente impide deducir el IVA soportado vinculado a esas operaciones. Para un negocio con inversiones, publicidad, software, alquileres o compras relevantes, la pérdida de deducción puede neutralizar parte de la ventaja.
La decisión requiere comparar margen, tipo de clientes y estructura de costes. En servicios B2B, el cliente empresario suele poder deducir el IVA y puede valorar más la factura ordinaria que una aparente simplificación. En B2C, la repercusión puede influir más en el precio final, aunque siguen siendo esenciales el coste soportado y las obligaciones de cada país.
Errores que debe evitar el autónomo
- Dejar de repercutir IVA solo por no alcanzar 85.000 euros.
- Confundir el umbral máximo nacional con el umbral europeo conjunto de 100.000 euros.
- Aplicar una exención de otro Estado a operaciones localizadas en España.
- No sumar las operaciones realizadas en distintos países de la Unión.
- Olvidar que la franquicia limita la deducción del IVA soportado.
- Usar un número EX o una franquicia sin completar el procedimiento correspondiente.
- Confundir franquicia de IVA con estimación objetiva, régimen simplificado o límites de módulos.
Checklist antes de emitir una factura sin IVA
- Determinar dónde se localiza la operación a efectos de IVA.
- Identificar si el cliente actúa como particular o como empresario.
- Comprobar si existe una exención material o una regla de inversión del sujeto pasivo.
- Verificar si el Estado de destino aplica el régimen para pequeñas empresas.
- Calcular volumen nacional y volumen total en la UE de los años relevantes.
- Revisar exclusiones por actividad u operación.
- Confirmar registro, número EX y obligaciones informativas.
- Valorar el efecto de perder la deducción del IVA soportado.
- Conservar la documentación que justifica el tratamiento aplicado.
Preguntas frecuentes
¿Un autónomo español con 60.000 euros de facturación puede dejar de cobrar IVA?
No por el mero nivel de facturación. Debe analizar la naturaleza y localización de sus operaciones y las exenciones o regímenes aplicables en España.
¿El límite correcto es 80.000 o 85.000 euros?
La normativa europea permite umbrales nacionales de hasta 85.000 euros. No establece un umbral automático de 80.000 euros ni obliga a España a eximir todas las operaciones por debajo de 85.000.
¿Qué significa el límite europeo de 100.000 euros?
Es una condición de acceso al régimen transfronterizo: el volumen anual de negocios en toda la UE no debe superarlo. Además debe respetarse el umbral del Estado donde se solicita la franquicia.
Fuentes oficiales
- Comisión Europea · VAT rules for small enterprises, régimen aplicable desde 1 de enero de 2025.
- Your Europe · Exenciones del IVA para pymes, comprobado el 12 de julio de 2026.
- Comisión Europea · Procedimiento sobre la transposición española, 11 de marzo de 2026.
- AEAT · Régimen general del IVA, ejercicio 2026.
Fuentes consultadas el 14 de septiembre de 2026. Las reglas pueden cambiar y deben revisarse para cada actividad, operación y país.
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